domingo, 27 de noviembre de 2011

Un segundo informe ratifica que el avión de Spanair no debió volar

MURIERON 154 PERSONAS EN 2008

El escrito es una ampliación de otro ya presentado por los peritos el pasado mes de mayo e indica que la reparación de la avería detectada por la tripulación fue errónea.

El 20 de agosto de 2008 fallecieron 154 personas  

El último informe del órgano pericial colegiado (OPC) designado por el juez que investiga el accidente de un avión de Spanair en agosto de 2008 en Barajas, en el que murieron 154 personas, concluye que no se debió autorizar el despegue de la aeronave sin haberse reparado la avería detectada.

En el nuevo informe, al que ha tenido acceso la agencia Efe, que será ratificado el lunes ante el juez y que es una ampliación de otro ya presentado por los peritos el pasado mes de mayo, el OPC señala que la decisión de aplazar -diferir, según el término técnico- la reparación de la avería detectada por la tripulación fue errónea.

Así, en los comentarios al uso que los dos técnicos de mantenimiento imputados hicieron del Manual de Equipo Mínimo (MEL) destacan que "el diferimiento de la anormalidad reportada por la tripulación", de acuerdo con el punto 30.8 del citado manual, "fue incorrecto tal y como se llevó a cabo".

"El personal de mantenimiento -afirma la OPC en su escrito, fechado el pasado día 7- no llegó a identificar la causa de la anormalidad y despachó el avión incorrectamente" acogiéndose al citado punto de la MEL. Estas conclusiones son contrarias a lo argumentado por las defensas de los dos técnicos de mantenimiento imputados -también están imputados tres directivos de la compañía-, que siempre han asegurado que el avión sí se podía despachar en aplicación del manual de equipo mínimo.

Sin embargo, los expertos nombrados por el titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, Juan Javier Pérez, resaltan que la situación del avión tras la acción de los técnicos de mantenimiento, con la resistencia de calefacción de la sonda de temperatura (RAT) y el empuje automático del motor (TRS) desconectados, "ni se corresponde, ni está cubierta por el citado punto 30.8 del MEL".

El informe, firmado por dos ingenieros aeronáuticos superiores, dos ingenieros técnicos aeronáuticos, dos pilotos y dos técnicos de mantenimiento aeronáutico, fue encargado por el juez.

La defensa de los imputados aportó recientemente otro informe pericial que concluía que las decisiones tomadas por los imputados antes del siniestro "no tuvieron ninguna incidencia que pudieran poner en riesgo la operación segura de la aeronave".

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