DEFIENDE QUE LA AMNISTÍA DE 1977 NO ES APLICABLE A LAS DESAPARICIONES
Baltasar Garzón, a su llegada al Tribunal Supremo (Reuters)
El magistrado Baltasar Garzón ha defendido ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que la dictadura de Franco llevó a cabo un plan sistemático de detenciones ilegales, torturas y desaparición de cientos de miles de personas entre 1936 y 1951 que constituyen delitos contra la humanidad que justificaban su investigación.
Antes, al inicio de la vista oral, el tribunal rechazó las cuestiones previas planteadas por la defensa y la fiscalía la semana pasada, entre ellas el archivo de la causa y la aplicación de la 'doctrina Botín', que establece que no se puede abrir un procedimiento penal a instancia exclusivamente de la acción popular, como en este caso, donde no hay acusación particular y el fiscal considera que el magistrado no ha incurrido en ningún delito. Defensa y fiscalía han anunciado que presentarán un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional si la sentencia es condenatoria.
Se niega a contestar a Manos Limpias
Garzón se sentó en el banquillo de los acusados de una sala repleta de público que previamente le había mostrado su apoyo en la calle y en la antesala. El magistrado se negó a contestar las preguntas de la acusación popular, que ejerce el la ultraderechista Manos Limpias y la Asociación Civil Libertad y Justicia, que reclaman para él 20 años de inhabilitación por un presunto delito de prevaricación. Garzón dijo que había tomado la decisión porque consideraba que dichas acusaciones “no están legitimadas para estar en esta Sala”.
El acusado se limitó a responder a su abogado defensor, Gonzalo Martínez Fresneda, y al fiscal Luis Navajas. Ha sido un testimonio muy técnico, con continuas referencias a autos, sentencias y resoluciones de instancias internacionales para justificar su competencia inicial en la investigación. Solo en el tramo final de los interrogatorios se ha mostrado el Garzón más reivindicativo.
En la primera parte de su exposición, el extitular del Juzgado Central de Instrucción número 5 ha relatado los pasos que dio desde que el 10 de diciembre de 2006 se presentaron las primeras denuncias por familiares de desaparecidos y asociaciones para la recuperación de la memoria histórica, que fueron aumentando con el paso del tiempo.
Plan sistemático de exterminio
Garzón ha dicho que llegó a la conclusión de que la dictadura de Franco había ejecutado un plan sistemático de exterminio con detenciones ilegales y desapariciones forzosas, dos figuras que definen los delitos contra la humanidad, que no habían prescrito pese al tiempo transcurrido al desconocerse el paradero de las víctimas.
El magistrado dijo que la tratarse de un “delito permanente” no le era de aplicación la Ley de Amnistía de 1977, “que se refería a delitos políticos, consideración que no tienen los crímenes contra la humanidad”. Garzón puso como ejemplo la investigación del juez Ismael Moreno, titular del asesinatos perpetrados entre 1942 y 1944 en campos de concentración nazi considerados delitos de genocidio. Investigación, dijo, a la que no se opone el fiscal del juzgado, como sí lo hizo el del suyo.
Sobre los motivos por los que no admitió una denuncia para que investigara los crímenes de Paracuellos del Jarama dijo que aquellos ajusticiamientos no guardaban relación con delito contra altos organismos de la Nación, como sí existían en el caso del golpe militar de 1936, y consideró que la competencia era del juzgado de la localidad.
Ni afinidad ideológica ni afán de protagonismo
Martínez Fresneda le ha preguntado si en la decisión de investigar los crímenes del franquismo habían influido sus ideas políticas. “No es una cuestión de ideología, que cada uno tendrá la suya, sino que entendí que había cientos de miles de víctimas que no habían sido atendidas en sus derechos”. “¿Tenía usted afán de notoriedad?”, le inquirió de nuevo el defensor. “Para nada. He hecho lo mismo que en otros casos”.
El fiscal ha incidido en tres resoluciones que, en su opinión, son “nucleares” para explicar la causa. La primera de ellas, de diciembre de 2006, por la que Garzón abrió diligencias previas al recibir siete denuncias de familiares de víctimas del franquismo. El magistrado ha dicho que tomó tal decisión porque entendió que los hechos denunciados tenían contenido penal.
El representante del Ministerio Público le ha inquirido a continuación por las razones por las que no promovió ninguna acción hasta casi dos años más tarde (octubre de 2008) razón por la que Manos Limpias le acusó de paralizar el proceso. El magistrado ha dicho que no paralizó el proceso, sino que a medida que entraban denuncias en su juzgado giraba exhortos para que los denunciantes se ratificaran, lo que llevó mucho tiempo. Cuando concluyó, añadió, le dio traslado al fiscal para que dijera si consideraba que su juzgado era competente. “¿Tuvo usted alguna duda de su competencia?”, le preguntó el fiscal. “No, en absoluto”, respondió Garzón.
El turno de los testigos
Un mes más tarde, en noviembre, el magistrado cambió de opinión “a la vista de las diligencias que se habían solicitado”, y se inhibió a favor de los juzgados de aquellas localidades en los que existía documentación sobre la existencia de fosas en las que estaban enterrados los desaparecidos. Para entonces, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estaba pendiente de resolver sobre la competencia del magistrado, que finalmente rechazó.
Tras dos horas de testimonio, el presidente de la Sala suspendió la vista hasta mañana, cuando comenzarán a declarar los primeros testigos propuestos por la defensa, la mayoría de ellos miembros de asociaciones para la recuperación de la memoria histórica como familiares de víctimas de la dictadura.
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