Reclutados para labores sociales.
Un total de personas de 1.973 en situación de
desempleo han realizado trabajos sociales en catástrofes naturales "como
incendios, inundaciones u otras situaciones similares" en este mes de
octubre, según ha adelantado en la rueda de prensa posterior al Consejo
de Ministros la vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Sáenz de
Santamaría.
La vicepresidenta del Gobierno ha precisado que
estas personas cobran su prestación por desempleo "y unos complementos
por el trabajo social que prestan" por lo que perciben "un montante
total superior al salario mínimo interprofesional". Sáenz de Santamaría
ha puntualizado que, de las personas participantes, un total de 1.207
eran hombres y 766 mujeres. Por comunidades autónomas, Murcia lidera los
trabajos de colaboración social con 515 personas empleadas a cuenta de
Administraciones Públicas y organizaciones sociales.
Estas
cifras se han dado a conocer en el marco del anuncio de la ampliación
del ámbito de aplicación del Real Decreto Ley de 7 de septiembre de 2012
por el que se aprobaron medidas urgentes para paliar los daños
producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales
ocurridos en varias comunidades autónomas.
El anterior texto se
centraba en ayudas para tormentas de pedrisco e incendios pero
contemplaba que el Gobierno "pudiera determinar otras catástrofes por
Real Decreto Ley", según ha precisado Saénz de Santamaría. Así, el nuevo
Real Decreto incluye ayudas para las personas y bienes afectados por
las lluvias torrenciales de finales del mes de septiembre en Andalucía
(Málaga y Almería), Murcia y Valencia, además de las inundaciones de
mediados del mes de octubre en Aragón y Navarra.
De este modo,
se contemplan ayudas por daños personales y materiales en viviendas o
enseres, así como ayudas a titulares de establecimientos, a personas
físicas o jurídicas que han aportado prestaciones personales o de bienes
y a las corporaciones locales "que han hecho gastos para atender en
estas situaciones de emergencia", según ha detallado la vicepresidenta.
CUANTIA DE LAS AYUDAS
De este modo, las cuantías por las ayudas establecidas en el Real
Decreto Ley son de 18.000 euros por fallecimiento o por incapacidad
absoluta y permanente, mientras que las ayudas por destrucción o daños
en enseres cubren el coste hasta un límite de 2.580 euros. Por su parte,
las ayudas a establecimientos industriales, mercantiles, agrarios o de
servicios se fijan hasta los 8.000 euros; las ayudas a las personas
físicas o jurídicas cubren el importe total de los gastos y para las
ayudas a las Corporaciones Locales no se aplica la limitación en su
cuantía.
En el caso de las ayudas por daños en la vivienda, el
coste asciende a máximo de 15.120 euros por destrucción total; por daños
a la estructura se cubre el 50 por ciento, con un máximo de 10.320
euros; por otros daños, se cubre el 50 por ciento, con un máximo de
5.160 euros; por daños a elementos comunes de una Comunidad de
Propietarios, se cubre el 50 por ciento, con un máximo de 8.000 euros; y
por destrucción o daños en enseres domésticos de primera necesidad, el
importe asciende a 2.580 euros.
Respecto a los beneficios
fiscales, el texto prevé la exención de las tasas aplicables a la
tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los
permisos de conducción o de circulación, cuando se soliciten como
consecuencia de estos siniestros; además de la exención en las cuotas
correspondiente al ejercicio 2012 para viviendas, establecimientos
industriales y mercantiles, explotaciones agrarias y locales de trabajo o
similares, cuando los daños hayan obligado al realojamiento total o
parcial de personas o bienes.
También se reduce de manera
proporcional al tiempo de paralización de la actividad para aquellas
industrias, establecimientos mercantiles y a aquellos profesionales
cuyos locales de negocio hayan sido dañados y hubieran tenido que ser
objeto de realojamiento o de cierre temporal de la actividad y del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas estarán exentas las
ayudas por daños personales.
El texto también contempla la
posibilidad de financiar hasta el 50 por ciento del coste de las obras
de titularidad municipal en las infraestructuras locales, la
compensación de pérdidas superiores al 30 por ciento de la producción en
explotaciones agrícolas y ganaderas para los que tengan pólizas en
vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados para este
año.
Por último, los expedientes de regulación de empleo que
tengan causa directa en los daños producidos por los acontecimientos
catastróficos tendrán la consideración de fuerza mayor y se
flexibilizarán alguno de los requisitos exigidos por la normativa en
materia de contratos del sector público, al considerarse obras,
servicios, adquisiciones o suministros de emergencia aquellos que se
realicen como consecuencia de los siniestros, cualquiera que sea su
cuantía, según precisa el texto.
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